Organizada por OECD
ObjetivoEsta sesión explora las políticas de las empresas y las herramientas que se refieren tanto a los asuntos climáticos como a los impactos de los derechos humanos, los riesgos asociados y también las contribuciones positivas. Los panelistas discutirán el papel de las empresas en el impulso de medidas prácticas para cumplir con los objetivos del Acuerdo de París y hacer frente a las obligaciones con respecto a los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (Principios Rectores).
Antecedentes
Derechos humanos y cambio climático: la intersección
El cambio climático es la amenaza más grave que enfrenta la humanidad. Los organismos internacionales de derechos humanos han reconocido durante mucho tiempo que el cambio climático representa una "amenaza inmediata y de gran alcance para las personas y las comunidades de todo el mundo ". Todos los seres humanos dependen del derecho fundamental a un ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible. Este derecho es esencial para el pleno disfrute de una amplia gama de derechos humanos, incluidos los derechos a la vida, la salud, la alimentación, el agua y el saneamiento. El cambio climático en particular tiene grandes implicaciones con respecto a varios de estos "derechos ambientales".
Bajo el denominado “Acuerdo de París”, los Gobiernos se comprometieron a limitar el aumento de la temperatura promedio global a muy por debajo de 2oC por encima de los niveles preindustriales y realizar esfuerzos para limitar el aumento de la temperatura a 1.5 oC por encima de los niveles preindustriales.
En el corazón del Acuerdo de París se encuentran las contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC, por sus siglas en inglés) o los compromisos de los gobiernos nacionales sobre la reducción de emisiones y los esfuerzos de adaptación climática. Las NDC capturan los esfuerzos planificados de cada país en materia de cambio climático y determinarán colectivamente si se cumplirán los objetivos a largo plazo del Acuerdo de París. En este sentido, el Acuerdo de París reconoce la importante función que desempeñan los actores no estatales, incluido el sector privado, en el aumento de los esfuerzos y el logro de los objetivos del Acuerdo de París -con la sociedad civil, los consumidores e inversionistas que buscan cada vez más a las empresas exigiéndoles más sobre la acción climática-.
Siendo las empresas responsables de la mayoría de las emisiones globales, el sector privado tiene la responsabilidad principal de tomar medidas para limitar y abordar tales impactos; incluidos los impactos comerciales sobre el clima, así como los impactos del clima sobre las operaciones comerciales y las cadenas de suministro mundiales.
Conducta empresarial responsable: vinculando de los derechos humanos y el impacto del cambio climáticoEl Acuerdo de París es el primer acuerdo internacional sobre el cambio climático y hace referencia expresa a los derechos humanos. Específicamente, el preámbulo incluye un reconocimiento "de que el cambio climático es una preocupación común de la humanidad, las Partes deben, al tomar medidas para abordar el cambio climático, respetar, promover y considerar sus respectivas obligaciones en materia de derechos humanos..." Sin embargo, el "libro de reglas" que ha sido desarrollado para guiar la implementación práctica del Acuerdo de París no lleva a cabo esta referencia.
En general, a nivel internacional, sigue habiendo una orientación limitada sobre cómo los derechos humanos pueden considerarse sistemáticamente en el diseño e implementación de la acción climática, y viceversa. Sin embargo, con respecto al papel de las empresas, las
Líneas Directrices de la OCDE para las empresas multinacionales (las Directrices) constituyen un marco de apoyo en este sentido.
Las Directrices son el instrumento más completo respaldado por los gobiernos sobre conducta empresarial responsable (CER) y representan el consenso internacional sobre la responsabilidad de las empresas con respecto a los impactos sobre las personas y el planeta. Según las Directrices, se espera que las empresas identifiquen y aborden los impactos adversos que causan, contribuyen a causar o están directamente relacionadas. Esto incluye, entre otros, los derechos humanos y el cambio climático.
Para ayudar a las empresas a implementar las recomendaciones de las Directrices, se ha desarrollado una gama de herramientas prácticas, en estrecha cooperación con las empresas y otras partes interesadas. La
Guía de la OCDE de Debida Diligencia para la conducta empresarial responsable explica cómo llevar a cabo la diligencia debida en todos los sectores de la industria, que cubren una amplia gama de riesgos, incluidos los relacionados con el clima y los derechos humanos. Además, la OCDE ha desarrollado
Guías sectoriales específicas para ayudar a las empresas a identificar riesgos climáticos en sus ámbitos específicos (además de los derechos humanos y otros riesgos), por ejemplo, en los sectores textil y de calzado, agricultura y el sector financiero.
Estructura- La sesión se divide en dos partes -presentaciones de panelistas y preguntas/respuestas a la audiencia-.
- Se desaconsejan las presentaciones en power point.
- En la primera parte de la sesión (50-60 minutos) , cada participante responderá a preguntas individuales, en función de la experiencia y los conocimientos respectivos.
- En la segunda parte de la sesión, el moderador abrirá el panel a preguntas de la audiencia, facilitando preguntas y respuestas (15-25 min).